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Reclamar la fianza en el juzgado

Si el requerimiento no funciona, la ley ofrece vías sencillas para reclamar cantidades de dinero. Te explicamos las opciones y cuándo conviene cada una.

Revisado por David García Formazyn, abogado colegiadoActualizado: octubre de 20263 min de lectura

Antes de demandar

Desde 2025, para presentar la mayoría de demandas civiles hay que acreditar un intento previo de negociación (los llamados MASC). Un requerimiento enviado por burofax, bien planteado, es una forma habitual de acreditarlo. Por eso merece la pena hacer bien ese primer paso.

El proceso monitorio

Es un procedimiento pensado para reclamar deudas de dinero documentadas. Se presenta una petición inicial con los documentos (contrato, justificante de la fianza, entrega de llaves, requerimiento) y el juzgado requiere al deudor para que pague o se oponga. La petición inicial no requiere abogado ni procurador. Si el casero se opone, el asunto pasa a un juicio.

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El juicio verbal

Las reclamaciones de cantidades pequeñas se tramitan por el juicio verbal. En los asuntos de hasta 2.000 €, no es obligatorio ir con abogado ni con procurador, aunque contar con asesoramiento ayuda a plantear bien la reclamación y las pruebas.

Qué se puede pedir

  • La fianza o la parte no devuelta.
  • Los intereses legales desde que se cumplió el mes de la entrega de llaves.
  • En su caso, los intereses y costas que procedan conforme a la ley.

Cómo te ayudamos

Con el plan Plus revisamos la respuesta del casero, preparamos una contestación jurídica y valoramos contigo la reclamación judicial más adecuada.

Preguntas frecuentes

¿Necesito abogado para reclamar 800 € de fianza?

No es obligatorio en reclamaciones de hasta 2.000 €, aunque es recomendable asesorarse para plantear bien el caso.

¿Cuánto tarda un monitorio?

Depende mucho de la carga del juzgado. Si el deudor no se opone, suele ser más rápido que un juicio.

Información general actualizada a octubre de 2026, basada en la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos y en la normativa procesal vigente. No sustituye el asesoramiento sobre tu caso concreto.

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