La regla general
El Código Civil establece que el inquilino debe devolver la vivienda tal como la recibió, salvo lo que se haya deteriorado por el tiempo o por causa inevitable. Es decir, el desgaste propio de vivir en una casa no se paga. Lo que sí se puede descontar son los daños causados durante el alquiler que vayan más allá de ese uso normal.
Ojo: durante el contrato, las pequeñas reparaciones que exija el desgaste por el uso ordinario de la vivienda corren a cargo del inquilino, según la LAU. Por eso conviene dejar la vivienda en orden al salir.
Normalmente es desgaste normal
- Pintura envejecida o algo descolorida tras años de alquiler.
- Pequeñas marcas en las paredes o roces leves.
- Desgaste del suelo por el paso.
- Electrodomésticos que se estropean por antigüedad.
- Pequeños agujeros de cuadros, según su número y el contrato.
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Normalmente es un daño descontable
- Muebles o electrodomésticos rotos por mal uso.
- Manchas, quemaduras o roturas importantes.
- Paredes pintadas de otro color sin permiso.
- Daños causados por mascotas.
- Suciedad extrema que obligue a una limpieza especial.
Cómo defenderte
- Pide por escrito el detalle de cada descuento y su justificación: fotos, factura o presupuesto.
- Compáralo con el inventario y las fotos de entrada, si las hay.
- Aporta tus fotos de salida con fecha.
- Si el descuento no está justificado o es desproporcionado, reclama la diferencia con un requerimiento formal.
Preguntas frecuentes
¿Me pueden cobrar pintar toda la casa?
Normalmente no, si la pintura solo está envejecida por el uso tras un tiempo razonable. Sí podrían descontar si hay daños concretos, como manchas importantes o paredes pintadas de otro color sin permiso.
¿Me pueden descontar la limpieza?
Si dejaste la vivienda en un estado de suciedad anormal, podría justificarse un descuento razonable y acreditado. Una limpieza ordinaria de cambio de inquilino no debería cargarse a la fianza.
Información general actualizada a octubre de 2026, basada en la Ley 29/1994 de Arrendamientos Urbanos y en la normativa procesal vigente. No sustituye el asesoramiento sobre tu caso concreto.